15 días de preaviso baja voluntaria naturales o laborables

Si te encuentras en una situación en la que has estado de baja por enfermedad o accidente durante 18 meses, seguramente te estarás preguntando: ¿quién me pagará? La respuesta a esta pregunta dependerá de tu situación laboral y de si has estado recibiendo algún tipo de prestación por parte de la Seguridad Social durante este tiempo.

En el caso de que hayas estado trabajando en una empresa, es posible que esta tenga un convenio colectivo que establezca una duración máxima de la baja y el salario que se debe recibir durante este tiempo. Si este es el caso, la empresa será la encargada de pagarte durante los meses que hayas estado de baja.

En cambio, si no existe un convenio colectivo o este no establece una duración máxima de la baja, es posible que tengas derecho a recibir una prestación por parte de la Seguridad Social. Esta prestación se conoce como incapacidad temporal y su duración máxima suele ser de 18 meses.

Una vez que se cumple este periodo, la Seguridad Social puede conceder una prórroga de la incapacidad temporal por otros 6 meses. Si después de este tiempo el trabajador sigue de baja, se puede solicitar una incapacidad permanente, que puede ser total, absoluta o gran invalidez.

Posibles consecuencias tras 18 meses de baja laboral

Tras 18 meses de baja laboral, pueden presentarse diversas consecuencias para el trabajador y su situación laboral. Algunas de ellas son las siguientes:

1. Pérdida del puesto de trabajo

Una de las posibles consecuencias tras 18 meses de baja laboral es la pérdida del puesto de trabajo. Si el trabajador no puede reincorporarse a su puesto tras este periodo, la empresa puede decidir dar por finalizada la relación laboral.

2. Reducción de la prestación económica

Otra consecuencia puede ser la reducción de la prestación económica que el trabajador venía recibiendo por su situación de baja. A partir del decimoctavo mes, la cantidad que se recibe puede disminuir.

3. Inicio de un procedimiento de incapacidad permanente

Si tras 18 meses de baja el trabajador no se encuentra en condiciones de volver a su puesto de trabajo, puede iniciarse un procedimiento de incapacidad permanente. En este caso, se valorará si el trabajador está capacitado para realizar otras tareas o si su situación es irreversible y no puede volver a trabajar.

4. Cambio de régimen de la Seguridad Social

También puede darse el caso de que, tras 18 meses de baja laboral, el trabajador pase de estar protegido por el régimen general de la Seguridad Social a estar protegido por el régimen de la Seguridad Social que cubre la situación de incapacidad permanente.

Cobro después de 18 meses de baja.

Si te encuentras en una situación de baja laboral y has cumplido los 18 meses de duración, es importante tener en cuenta que el pago de tus prestaciones cambiará. En este caso, el responsable de realizar el pago será el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), siempre y cuando hayas estado percibiendo una prestación por incapacidad temporal durante el período de baja.

Es importante destacar que el pago de la prestación se realizará de manera mensual, y se calcula en función de la base reguladora que corresponda. Además, el importe de la prestación puede variar en función de la situación personal y laboral de cada persona.

Si durante el tiempo de baja has estado recibiendo una prestación por parte de la empresa, esta puede continuar haciéndose cargo del pago de la misma después de los 18 meses, siempre y cuando se haya establecido un acuerdo previo con el trabajador.

En cualquier caso, es importante estar informado sobre los procedimientos y plazos para solicitar el pago de la prestación después de los 18 meses de baja, y cumplir con los requisitos necesarios para recibir el pago correspondiente.

Espero que esta información te haya sido útil. ¡No dudes en ponerte en contacto con el INSS para obtener más información!

Consejo: Si después de 18 meses de baja sigues sin saber quién te paga, es importante que te informes adecuadamente sobre tus derechos y deberes. Revisa la documentación pertinente y busca asesoramiento legal si es necesario.

Recuerda que es fundamental informar a tu empresa y a la Seguridad Social sobre tu situación. Si tienes dudas sobre cómo hacerlo, no dudes en buscar ayuda especializada.

Además, es importante que tengas paciencia y perseverancia en todo el proceso. A veces, los trámites pueden ser largos y complejos, pero no te rindas y sigue luchando por tus derechos.